Pago electrónico para la cancelación de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Desde el 01-08-2017 para realizar el pago de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social se deberá utilizar la transferencia electrónica de fondos, a través de las opciones siguientes:

  • Débito automático, pago telefónico o por “Internet”, con tarjeta de crédito.
  • Débito en cuenta, a través de cajeros automáticos.
  • Débito directo en cuenta bancaria, previa adhesión al servicio solicitándolo telefónicamente o personalmente en tu banco.
  • Pago electrónico, utilizando tarjetas de crédito y/o débito.
  • Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central.

 

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